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Residencia permanente a través de orden ejecutiva

El presidente Biden ha firmado una nueva orden ejecutiva el 18 de junio de 2024 que facilitará el camino hacia la residencia permanente a cónyuges e hijos de ciudadanos norteamericanos que hayan entrado sin inspección al país y permanecido por al menos 10 años al 17 de junio de 2024.


Residencia permanente a través de orden ejecutiva

El presidente Biden ha firmado una nueva orden ejecutiva el 18 de junio de 2024 que facilitará el camino hacia la residencia permanente a cónyuges e hijos de ciudadanos norteamericanos que hayan entrado sin inspección al país y permanecido por al menos 10 años al 17 de junio de 2024. Los cónyuges deberán haber estado casados a la fecha indicada para calificar y no poseer delitos significativos ni algún causal de inadmisibilidad ante la ley.

En la actualidad, cualquier migrante que cruce la frontera ilegalmente hacia los EE. UU. comienza a acumular “presencia ilegal” en el país. Quienes estando en esta situación se casan con un ciudadano norteamericano, deberá primero ser beneficiario de una petición aprobada de inmigrante (I-130) para luego salir a tramitar una visa de residente en la embajada americana situada en su país origen. La ley establece que para aplicar a la residencia (ajuste de estatus) a través de esta categoría de “familiar inmediato” desde adentro de los EE. UU., las personas deberán tener al menos una entrada legal o calificar bajo una vieja excepción contenida en la sección 245(i) de la ley.

Por otro lado, la ley establece que quienes hayan acumulado “presencia ilegal” en exceso de 6 meses o 1 año, enfrentará un castigo y estará vetado de los EE. UU. por un periodo de 3 o 10 años respectivamente, contados desde la fecha de la salida del país. Para esos castigos existe un “perdón por presencia ilegal” el cual requiere que el aplicante demuestre que su cónyuge, padre o madre residente o ciudadano sufrirán un agravio extremo si es que el aplicante tendría que pasar 10 años fuera. Desde la era del expresidente Obama en 2012, se ha permitido tramitar dicho perdón desde adentro de los EE. UU. para que el beneficiario pudiese salir de los EE. UU. ya con su perdón aprobado en la mano en su camino hacia la Embajada a atender su cita consular de residencia. Eso con el objetivo de reducir al mínimo la separación de familias y el tiempo procesal fuera de los EE. UU. para el aplicante. El problema es que para tramitar un perdón desde adentro de los EE. UU., es necesario que la I-130 ya esté aprobada, la cual puede demorar más de 1 año, para luego aplicar al perdón en la planilla I-601A con la evidencia requerida, la cual está demorando un promedio de 44 meses a la fecha de hoy día.

La orden ejecutiva recientemente firmada por el presidente Biden propone otorgarles un permiso de entrada “en sitio” (parole-in-place) sin salir de los EE. UU. por un periodo de validez inicial de 3 años y de esa manera evitar la necesidad de un perdón por la presencia ilegal acumulada. Es un programa similar al de los familiares de los militares estadounidenses para así permitirles simplemente aplicar desde adentro de los EE. UU. sin la necesidad de un perdón por presencia ilegal.

De acuerdo con la orden ejecutiva, quienes reciban este parole-in-place podrán solicitar un permiso de empleo de manera inmediata mientras se tramita la residencia permanente a través de un ajuste de estatus dentro de los EE. UU. Se estima que más de medio millón de inmigrantes podrían beneficiarse de esta medida.

Debe tomarse en cuenta que esta orden ejecutiva le solicitó a las agencias pertinentes crear las regulaciones para cumplir con dicho mandato, sin embargo, hasta tanto eso no ocurra y sean publicadas en el registro federal (gaceta oficial), aún no está en vigencia. Debemos seguir atentos a los medios y fuentes fidedignas para estar enterados. Pueden seguir mis redes sociales por Instagram @hjlopezlaw 

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